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Última Actualización: 08-03-2022 9:39
Las circunstancias sobrevinientes (ius superveniens) serán necesariamente
evaluadas en el proceso de ejecución. La circunstancia sobreviniente
tiene similitud, aunque no exactitud, con el “hecho nuevo”. Tanto la
circunstancia sobreviniente como el hecho nuevo son temporalmente posteriores
al inicio de la demanda.